Ley 6/1997

Ley 6/1997, de 8 de julio, del Suelo Rústico de las Islas Baleares.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto

Articolo 2Concepto

Articolo 3Destino

Articolo 4Clasificación

Articolo 5Concreción de la ordenación

Articolo 6Suelo rústico protegido

Articolo 7Suelo rústico común

Articolo 8Núcleos rurales

Articolo 9Instrumentos y contenido mínimo de la ordenación

Articolo 10Contenido del derecho de propiedad

Articolo 1

Articolo 11Facultades y deberes en el suelo rústico común

Articolo 12Facultades y deberes en el suelo rústico protegido

Articolo 13Segregaciones

Articolo 14Regulación general

Articolo 15Vinculación a las parcelas

Articolo 16Vinculación a los usos

Articolo 17Prestación compensatoria por usos y aprovechamientos excepcionales

Articolo 18Usos y actuaciones

Articolo 19Clases de usos

Articolo 20Tipos de actuaciones

Articolo 21Actividades relacionadas con el destino o con la naturaleza de las fincas

Articolo 22Actividades vinculadas a los usos recreativos, educativos, culturales y científicos efectuados en el marco de la legislación ambiental

Articolo 23Actividades vinculadas a los usos complementarios de la explotación tradicional

Articolo 24Actividades relacionadas con las infraestructuras públicas

Articolo 25Actividades relacionadas con el uso de vivienda unifamiliar

Articolo 26Actividades declaradas de interés general

Articolo 27Regulación general

Articolo 28Condiciones de la edificación

Articolo 29Condiciones de posición e implantación

Articolo 30Dotación de servicios

Articolo 31 a 32

Articolo 31Licencias

Articolo 32Solicitud y documentación anexa

Articolo 33Licencias de segregación

Articolo 34Autorización de actividades relacionadas con el destino y la naturaleza de las fincas

Articolo 35Autorización de actividades relacionadas con las infraestructuras públicas

Articolo 36Autorización de actividades relacionadas con el uso de vivienda unifamiliar

Articolo 37Autorización de actividades declaradas de interés general

Articolo 38Medidas de fomento

Articolo 3

Articolo 39Patrimonios públicos

Disposizione adicional primeraModificaciones de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística

Disposizione adicional segundaModificaciones de la Ley 12/1988, de 17 de noviembre, de Campos de Golf

Disposizione adicional tercera

Disposizione adicional cuartaModificación de la Ley 8/1988, de 1 de junio, de edificios e instalaciones fuera de ordenación

Disposizione adicional quintaAlteración de la clasificación del suelo rústico

Disposizione adicional sextaCaravanas

Disposizione adicional séptimaActuaciones en parcelas o solares afectados por la ejecución de obra pública

Disposizione adicional octava

Disposizione transitoria primeraRégimen de equivalencia

Disposizione transitoria segundaEdificios y actividades existentes

Disposizione transitoria terceraExpedientes en tramitación

Disposizione derogatoria unica

Disposizione final primera

Disposizione final segunda

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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