Ley 2/2012

Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Modificación de los artículos 3, 4 y 12 de la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Articolo 2Tipo de gravamen

Articolo 3Tipo de gravamen general para operaciones inmobiliarias

Articolo 3

Articolo 4Tipo de gravamen de las concesiones administrativas y actos administrativos asimilados

Articolo 5Tipo de gravamen en la transmisión de bienes muebles y semovientes

Articolo 6Tipo de gravamen reducido en las adquisiciones de viviendas de protección oficial con precio máximo legal y destinadas a vivienda habitual

Articolo 7Tipo de gravamen reducido en las adquisiciones de viviendas habituales que no tengan la consideración de viviendas de protección oficial de precio máximo legal

Articolo 8Bonificación autonómica en la adquisición de vivienda habitual por determinados colectivos

Articolo 9Tipo de gravamen reducido en las adquisiciones de inmuebles destinados a desarrollar una actividad empresarial o un negocio profesional

Articolo 10Tipo de gravamen general para los documentos notariales

Articolo 11Tipo de gravamen reducido para las escrituras públicas que documenten la adquisición de vivienda habitual y préstamos hipotecarios destinados a su financiación

Articolo 12Modificación de la letra b) del apartado 1 del artículo 25 de la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de Medidas tributarias y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Articolo 13Modificación del apartado 1 del artículo 30 de la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de Medidas tributarias y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Articolo 14Modificación del apartado 2 del artículo 31 de la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de Medidas tributarias y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Articolo 15Tipo impositivo aplicable a los epígrafes 2.º y 7.º, 3.º y 8, 4º. y 9.º y 5.º del artículo 70.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales

Articolo 16Tipos de gravamen autonómicos del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos

Articolo 1

Articolo 17Devolución de las cuotas del gasóleo de uso profesional

Articolo 18Presentación de la declaración informativa

Articolo 19

Articolo 20

Articolo 2

Articolo 21Naturaleza, afectación, ámbito de aplicación, compatibilidad y definiciones

Articolo 22Hecho imponible

Articolo 23Supuestos de no sujeción

Articolo 24Exenciones

Articolo 25Sujetos pasivos, sustitutos de los contribuyentes y responsables solidarios

Articolo 26Base imponible

Articolo 27Tipo de gravamen y cuota tributaria

Articolo 28Devengo

Articolo 29Repercusión del impuesto y obligación de declarar

Articolo 30Autoliquidación

Articolo 31Liquidación provisional

Articolo 32Normas específicas de gestión del impuesto

Articolo 33Objeto, naturaleza, finalidad y afectación

Articolo 34Hecho imponible y supuestos de no sujeción

Articolo 35Exenciones

Articolo 36Obligados tributarios

Articolo 37Base imponible

Articolo 38Estimación directa de la base imponible

Articolo 39Estimación indirecta de la base imponible

Articolo 40Reducciones en la base imponible

Articolo 41Base liquidable

Articolo 42Cuota íntegra

Articolo 43Cuota fija

Articolo 44Cuota variable

Articolo 45Período impositivo y devengo

Articolo 46Repercusión

Articolo 47Autoliquidación

Articolo 48Declaración censal

Articolo 49Lugar y forma de pago

Articolo 50Régimen sancionador

Articolo 51Compatibilidad con otras figuras tributarias

Articolo 52Devolución del canon de saneamiento

Articolo 53Tasa por prestación de servicios relacionados con el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura y el Registro de Sociedades Laborales de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Articolo 54Tasa por servicios prestados en materia de industria, energía y minas

Articolo 55Tasa por tramitación de solicitud de certificado de tienda de conveniencia

Articolo 56Tasa por derechos de examen

Articolo 57Tasa por servicios administrativos prestados en la emisión de diligencias de bastanteo de poderes y de legitimaciones de firmas

Articolo 58Tasa por expedición de certificados y carnés ganaderos

Articolo 59Tasa por suministro de crotales

Articolo 60Tasa por determinaciones analíticas y por control y certificados Operadores IGP

Articolo 61Tasa sobre el dominio público de las vías pecuarias

Articolo 62Tasas relativas al ejercicio de acciones cinegéticas

Articolo 63Tasas en materia de televisión terrenal digital y radiodifusión

Articolo 64Tasas por tarjeta de transporte subvencionado

Articolo 65Tasas de laboratorios de ensayo

Articolo 66Tasa por prestación de servicios administrativos

Articolo 67Devolución de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Articolo 68Modificación de la Ley 6/1998, de 18 de junio, del Juego de Extremadura

Disposizione adicional primeraOperaciones a largo plazo

Disposizione adicional segundaParticipaciones en la recaudación de los tributos

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primeraModificación de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Disposizione final segundaHabilitación al Consejo de Gobierno

Disposizione final terceraHabilitación al Consejero competente en materia de Hacienda

Disposizione final cuartaHabilitación a la Ley de Presupuestos

Disposizione final quintaGestión de los tributos propios

Disposizione final sextaDelegación legislativa para la refundición de normas tributarias

Disposizione final séptimaEntrada en vigor

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