Artículo único
Artículo único: Promúlgase el Acuerdo entre la República de Chile y el Estado Plurinacional de Bolivia, sobre Licencias de Conducir, suscrito en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, el 27 de febrero de 2025, el que entrará en vigor el 30 de abril de 2026; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.