Artículo único
Artículo único: Promúlgase el "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia sobre Exención Mutua de Visa y del Permiso de Residencia Oficial para Titulares de Pasaportes Diplomáticos y Oficiales", suscrito en Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, el 25 de abril de 2025, el que entró en vigor el 23 de febrero de 2026; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.