🇨🇱 Chile
Derogada parcialmente Decreto ley 113 unidades
DICTA NORMAS SOBRE RECLUTAMIENTO Y MOVILIZACION DE LAS FUERZAS ARMADAS
DL 2.306cl-decree-law-1978-09-12-230610 sept 2005
- Artículo 1 El reclutamiento y la movilización del
- Artículo 2 Para los efectos de este decreto ley, las
- Artículo 3 El Servicio de Registro Civil e
- Artículo 4 En tiempo de paz, toda persona, natural
- Artículo 5 La Dirección General del Registro Civil
- Artículo 6 La Dirección General de Movilizacion
- Artículo 7 La Dirección General será la encargada
- Artículo 8 En todos aquellos casos en que no
- Artículo 9 La Dirección General proporcionará el
- Artículo 10 El territorio nacional se dividirá en
- Artículo 11 En los lugares donde no existieren
- Artículo 12 Fuerá del país, los Consulados chilenos
- Artículo 13 El deber militar se extiende a todas las
- Artículo 13 a El cumplimiento de las obligaciones
- Artículo 14 Para los efectos de este decreto ley,
- Artículo 15 El deber militar sólo puede cumplirse en
- Artículo 16 Toda persona acuartelada para hacer el
- Artículo 17 Estarán exentos del deber militar,
- Artículo 18 Todos los chilenos que cumplan dieciocho
- Artículo 18 a Para los efectos del Registro Militar,
- Artículo 18 b El Presidente de la República podrá
- Artículo 19 DEROGADO
- Artículo 20 La cantidad de contingente que debe
- Artículo 21 La Base de Conscripción es el conjunto
- Artículo 22 Los varones pertenecientes a la Base de
- Artículo 23 Toda persona natural y todo representante
- Artículo 24 Los varones declarados aptos para el
- Artículo 25 DEROGADO
- Artículo 26 Las personas que no cumplieren con las
- Artículo 27 Créase la Comisión Nacional de
- Artículo 28 La Comisión Nacional de Reclutamiento
- Artículo 29 Para la realización del servicio
- Artículo 29 a Los varones que integren la Base de
- Artículo 30 Para completar la cantidad del
- Artículo 30 a La lista de llamados para el
- Artículo 30 b Los varones convocados en virtud del
- Artículo 30 c Los Cantones de Reclutamiento
- Artículo 30 d Corresponderá a las Fuerzas Armadas
- Artículo 30 e Cuando el número de varones
- Artículo 30 f Los varones que se encontraren
- Artículo 31 El Servicio Activo es la condición en
- Artículo 32 La Dirección General, a petición del
- Artículo 33 La Dirección General deberá
- Artículo 34 El Presidente de la República, a
- Artículo 35 El servicio militar será de hasta dos
- Artículo 36 DEROGADO
- Artículo 37 DEROGADO
- Artículo 38 El Servicio Militar Obligatorio, en
- Artículo 39 DEROGADO
- Artículo 40 Los alumnos de las Escuelas Militar,
- Artículo 41 Las personas llamadas a los cursos
- Artículo 42 Quedan excluidos del cumplimiento del
- Artículo 42 a Durante la realización del servicio
- Artículo 42 b Se asegura a las personas que se
- Artículo 42 c En cada una de las ramas de las
- Artículo 42 d La Oficina tendrá por misión
- Artículo 43 La reserva es el conjunto de personas,
- Artículo 44 El personal de reserva se agrupará en
- Artículo 45 Los cambios de Institución del personal
- Artículo 46 Los reservistas deberán efectuar
- Artículo 47 En tiempo de paz, todo reservista tiene
- Artículo 48 Todo reservista está obligado a guardar
- Artículo 49 En tiempo de paz, el Presidente de la
- Artículo 50 El personal de reserva llamado al
- Artículo 51 En caso de ser llamado al servicio por
- Artículo 52 Sin perjuicio de lo dispuesto en los
- Artículo 53 Los reservistas serán llamados con el
- Artículo 54 El personal de reserva llamado al
- Artículo 55 El personal de reserva proveniente de la
- Artículo 56 Los llamados obligatorios de reservistas
- Artículo 57 Los llamados de reservistas podrán
- Artículo 58 El personal de reserva llamado al
- Artículo 59 El personal de la reserva que desee ser
- Artículo 60 Los nombramientos y ascensos de los
- Artículo 61 Los Oficiales subalternos de reserva
- Artículo 62 Los Oficiales de las Fuerzas Armadas que
- Artículo 63 El personal del cuadro permanente y gente
- Artículo 64 Los requisitos para los ascensos a que se
- Artículo 65 Para los efectos de este decreto ley, la
- Artículo 66 Las personas movilizadas podrán ser
- Artículo 67 Las clases llamadas en caso de
- Artículo 68 Las personas movilizadas para las Fuerzas
- Artículo 69 En tiempo de guerra, el Presidente de la
- Artículo 70 DEROGADO
- Artículo 71 DEROGADO
- Artículo 72 Los que no concurrieren a las
- Artículo 73 Los que fueren seleccionados y no se
- Artículo 73 a El cumplimiento de las penas que se
- Artículo 73 b El que, con el propósito de ser
- Artículo 74 Los reservistas que no asistieren a los
- Artículo 75 Los reservistas que, sin motivo
- Artículo 76 Los reservistas que fingieren o se
- Artículo 77 Todo el que divulgue, propale o publique
- Artículo 78 Las personas naturales o los
- Artículo 79 Los que no cumplieren cualquiera de las
- Artículo 80 DEROGADO
- Artículo 81 Los que, requeridos por segunda vez,
- Artículo 82 DEROGADO
- Artículo 83 Los delitos contemplados en este decreto
- Artículo 84 DEROGADO
- Artículo 85 En los procesos criminales generados por
- Artículo 86 DEROGADO
- Artículo 87 Todas las causas por delitos
- Artículo 88 DEROGADO
- Artículo 89 DEROGADO
- Artículo 90 Las solicitudes relacionadas con este
- Artículo 91 La Dirección General podrá eximir del
- Artículo 92 El pago de las multas que establece el
- Artículo 93 La Ley de Presupuesto contemplará
- Artículo 94 Derógase la ley N° 11
- Artículo
- Artículo 2 Lo dispuesto en el artículo 47 sólo
- Artículo 3 DEROGADO