DL 3.262

ESTABLECE NORMAS SOBRE ENAJENACION DE TIERRAS ASIGNADAS POR LA CAJA DE COLONIZACION AGRICOLA, LA CORPORACION DE LA REFORMA AGRARIA, LA OFICINA DE NORMALIZACION AGRARIA Y EL SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO, Y DE TIERRAS ADJUDICADAS A LA DISOLUCION DE COOPERATIVAS DE REFORMA AGRARIA

Artículo 1Salvo en los casos previstos en el

Artículo 2Podrán enajenarse los predios y derechos

Artículo 3Los adquirentes originales de los

Artículo 4En todo caso, para ejercer la facultad

Artículo 5Los asignatarios o adjudicatarios de los

Artículo 6Para efectuar las inscripciones que se

Artículo 7DEROGADO

Artículo 8DEROGADO

Artículo 9DEROGADO

Artículo 10No procederá la acción resolutoria por

Artículo 11Derógase lo dispuesto en la letra b) del

Artículo 12Deróganse en el decreto con fuerza de

Artículo

Artículo 2En todo caso, desde la vigencia del

Artículo 3Las solicitudes presentadas en la Oficina

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