DL 3.580

MODIFICA Y COMPLEMENTA LEGISLACION ADUANERA

Artículo 1En los recintos de los aeropuertos

Artículo 2Derógase en el inciso primero del

Artículo 3Introdúcense al artículo 17 del decreto

Artículo 4Facúltase al Servicio Nacional de

Artículo 5Introdúcense las siguientes

Artículo 6Derógase el artículo 8° de la ley N°

Artículo 7Agrégase a continuación del inciso

Artículo Los residentes con único

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io