Artículo único
Artículo único.- Abónase, por gracia, al coronel de Ejército, don Aníbal Frías, para los efectos de su retiro, el tiempo que permaneció en la Escuela Militar en calidad de cadete, desde el 2 de marzo hasta el 4 de abril de 1866 i desde el 11 de marzo de 1869 hasta el 15 de setiembre de 1871, o sea, dos años, siete meses i seis dias.