Artículo único
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para pagar a la Argentine Sourhern Land Company Limited la cantidad de treinta mil pesos (30,000) como indemnizacion por los perjuicios que le ocasionaron las retenciones de animales producidas en el juicio de comiso de que fué absuelta por sentencias de primera i segunda instancia, dictadas, respectivamente, por el Juzgado de Letras de Rere de fecha 30 de julio de 1898 i por la Corte de Apelaciones de Concepcion de 2 de setiembre del mismo año.