Artículo
Esta ley ya no está en vigor (Derogada).
Art. 5.o Las infracciones de esta lei se penarán con multa de veinticinco a cincuenta pesos a beneficio de la Municipalidad respectiva. En caso de reincidencias, se doblará la multa.
Esta ley ya no está en vigor (Derogada).
Art. 5.o Las infracciones de esta lei se penarán con multa de veinticinco a cincuenta pesos a beneficio de la Municipalidad respectiva. En caso de reincidencias, se doblará la multa.