Arancel Aduanero
Artículo
Esta ley ya no está en vigor (Derogada).
Art. 14. Autorízase al Presidente de la República para hacer extensivas, previo informe de la Junta General de Aduanas, las franquicias aduaneras otorgadas al Territorio de Magallanes, hasta el paralelo 42, dentro del continente.