Artículo
"Artículo 1°.- Intercálase como penúltimo artículo de la ley número 6,926, sobre empréstito a la Municipalidad de Cañete, el siguiente: "Artículo ... Autorízase a la Caja Nacional de Ahorros, instituciones bancarias o de crédito, de previsión, y Corporación de Fomento de la Producción, para tomar el empréstito a que se refiere el artículo 1° de esta ley; para lo cual no regirán las disposiciones prohibitivas o restrictivas de sus leyes orgánicas o reglamentos".
Artículo 2Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"
Artículo 2°.- Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".