🇨🇱 Chile
Vigente Ley 7 unidades
AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA ADQUIRIR DE LA MUNICIPALIDAD DE QUIRIHUE LOS BIENES E INSTALACIONES ELECTRICAS DESTINADAS A SUMINISTRAR EL SERVICIO PUBLICO DE DICHA CIUDAD
Ley 7.365cl-law-1942-11-24-736524 nov 1942
- Artículo
- Artículo 2 El precio de la adquisición de bienes e instalaciones a que se refiere el artículo anterior será la suma de $ 47,992 (cuarenta y siete mil novecientos noventa y dos pesos) libre de todo gravamen
- Artículo 3
- Artículo 4 Estas adquisiciones e inversiones se financiarán en la siguiente forma:
- Artículo 5
- Artículo 6 Autorízase al director general de Servicios Eléctricos para que, en representación del Fisco, firme los documentos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley
- Artículo 7 Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"