🇨🇱 Chile
Ley 11 unidades
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE COLTAUCO PARA CONTRATAR UNO O VARIOS EMPRESTITOS HASTA POR LA SUMA DE $ 250,000
Ley 7.965cl-law-1944-11-04-79654 nov 1944
- Artículo
- Artículo 2
- Artículo 3 ° El producto del empréstito se invertirá en la siguiente forma:
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6 ° La Municipalidad queda autorizada para efectuar amortización extraordinarias del empréstito, siempre que éstas se efectuén por cantidades no inferiores a cinco mil pesos
- Artículo 7
- Artículo 8
- Artículo 9 ° El plan de obras a que se refiere la letra b) del artículo 3
- Artículo 10
- Artículo 11 ° Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"