Ley 8.944

APRUEBA EL CODIGO DE AGUAS

TÍTULO I. TITULO I.

Artículo

Artículo 2o Las instituciones hipotecarias regidas por la Ley Orgánica de la Caja de Crédito Hipotecario, cuyo texto definitivo fue fijado por el decreto supremo N

Artículo 3

Artículo 4

Artículo 5o Las mercedes de agua que se soliciten exclusivamente para la bebida o menesteres domésticos no pagarán derecho alguno

Artículo 6

Artículo 7

TÍTULO II. TITULO II.

Artículo 8o Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Civil:

Artículo 9o Derógase el Título X del Libro III del Código de Procedimiento Civil

Artículo 10Agrégase el siguiente inciso final al artículo 86 del Código de Minería:

Artículo 11Introdúcense las siguientes modificaciones en la Ley de Organización y Atribuciones de las Municipalidades:

Artículo La presente ley comenzará a regir ciento veinte días después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial"

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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