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🇨🇱 Chile
Vigente
Ley
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PRORROGA POR TRES AÑOS EL INCISO 2° DEL ARTICULO 1° DE LA LEY 6,039
Ley 9.315
cl-law-1949-02-23-9315
23 feb 1949
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Estructura
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Historial
Artículo único
Prorrógase por tres años, a contar desde el 20 de Febrero de 1949, la vigencia del inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 6,039, de 7 de Febrero de 1937