Ley 10.831

AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA SUBVENCIONAR AL SINDICATO DE DUEÑOS DE AUTOBUSES DE SANTIAGO

Artículo

Artículo 2o Autorízase, asimismo, al Presidente de la República para entregar a la Empresa Nacional de Transportes Colectivos S

Artículo 3o Autorízase al Presidente de la República para contratar, con la Caja Nacional de Ahorros o con otras instituciones de crédito, uno o varios empréstitos que produzcan hasta la suma de $ 448

Citenza

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