🇨🇱 Chile
Vigente Ley 7 unidades
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ARICA PARA CONTRATAR UNO O MAS EMPRESTITOS QUE PRODUZCAN HASTA LA SUMA DE $ 4.500.000
Ley 11.618cl-law-1954-10-07-116187 oct 1954
- Artículo
- Artículo 2
- Artículo 3 El producto del o los empréstitos a que se refiere la presente ley será invertido por la Municipalidad de Arica en la forma que se indica a continuación:
- Artículo 4 La Municipalidad de Arica atenderá el pago del servicio del o los empréstitos indicados en el artículo 1° con los recursos provenientes de sus rentas ordinarias
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7