Ley 11.751

SUPLEMENTA EN LAS CANTIDADES QUE INDICA LOS ITEM QUE SEÑALA DEL PRESUPUESTO VIGENTE, APROBADO POR LEY NUMERO 11.498

Artículo

Artículo 2o- Traspásanse las cantidades que se indican entre los siguientes ítem, letras o números del Presupuesto vigente aprobado por la ley N

Artículo 3o- Autorízase al Presidente de la República para entregar a la Línea Aérea Nacional, por una sola vez, y como aporte extraordinario, la suma de $ 180

Artículo 4o- Créase, a continuación de la actual glosa de la letra f) del ítem 08/01/02 del Presupuesto del Ministerio de Justicia, la siguiente:

Artículo 5o- Autorízase a la Dirección General de Correos y Telegrafos para invertir hasta la suma de tres millones de pesos ($ 3

Artículo 6

Artículo 7o- El gasto que represente la aplicación de esta ley se cargará al rendimiento de la ley N

Citenza

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