Ley 11.840

CONCEDE LOS BENEFICIOS QUE INDICA A LOS OBREROS AFECTADOS EN LOS ACCIDENTES OCURRIDOS EL 17 DE DICIEMBRE DE 1954 Y 9 DE ABRIL DE 1955

Artículo

Artículo 2

Artículo 3

Artículo 4Los hijos de las víctimas tendrán derecho preferente a las becas que otorga el Ministerio de Educación Pública

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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