Ley 12.995

CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA BLANCA Y A DOÑA JULIA GODOMAR G.

Artículo únicoConcédese, por gracia, y sin perjuicio del montepío que perciben, a doña Blanca y a doña Julia Godomar Gutiérrez una pensión de diez mil pesos ($ 10

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