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🇨🇱 Chile
Vigente
Ley
2 unidades
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A LAS PERSONAS QUE SEÑALA
Ley 13.259
cl-law-1958-11-29-13259
29 nov 1958
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Cambios
Estructura
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Historial
Artículo 1
o Concédese, por gracia, una pensión mensual de $ 25
Artículo 2
o El mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda