Ley 16.249

ACOGE A LOS CUARTELEROS Y AYUDANTES DE CUARTELEROS DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS A LOS BENEFICIOS DE LA LEY NUMERO 6.935

Artículo

Artículo 2

Artículo 3o- Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente ley, serán considerados empleados particulares los cuarteleros y los ayudantes de cuarteleros de los Cuerpos de Bomberos de la República

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