🇨🇱 Chile
Ley 10 unidades
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE VALDIVIA PARA CONTRATAR EMPRESTITOS QUE INDICA CON LAS INSTITUCIONES QUE SEÑALA
Ley 16.879cl-law-1968-07-26-1687926 jul 1968
- Artículo 1
- Artículo 2 Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior
- Artículo 3 El producto de los empréstitos que se contraten en uso de las autorizaciones que confiere la presente ley, deberá ser invertido en las siguientes obras:
- Artículo 4
- Artículo 5 La Municipalidad de Valdivia servirá los empréstitos que se autoriza contratar, con cargo al uno por mil del impuesto territorial que destina a este objeto el decreto de Hacienda número 2
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- Artículo 9
- Artículo 10