🇨🇱 Chile
Ley 8 unidades
CREA LA COMUNA-SUBDELEGACION DE CODEGUA, EN EL DEPARTAMENTO DE RANCAGUA, DE LA PROVINCIA DE O'HIGGINS
Ley 16.981cl-law-1968-10-15-1698115 oct 1968
- Artículo
- Artículo 2 Las cuentas por pagar de la actual Municipalidad de Graneros serán siempre de cargo de esta Municipalidad
- Artículo 3 Autorízase al Presidente de la República para nombrar una Junta de Vecinos compuesta de cinco miembros, a uno de los cuales designará Alcalde
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7 Convócase, por un plazo de 90 días, a inscripciones especiales en los nuevos registros electorales en la comuna de Codegua, dentro de los treinta días contados desde la vigencia de esta ley
- Artículo 8 La presente ley entrará en vigencia a los sesenta días siguientes contados desde su publicación en el Diario Oficial