🇨🇱 Chile
Vigente Ley 24 unidades
LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 1972
Ley 17.593cl-law-1972-01-03-1759330 nov 1973
- Artículo
- Artículo
- Artículo 3 El Presidente de la República deberá
- Artículo 4 En los casos en que leyes especiales
- Artículo 5 Cuando exista duda acerca de la
- Artículo 6 Los fondos para asignación familiar
- Artículo 7 Para todos los efectos contables y de
- Artículo 8 Los Jefes de los servicios funcionalmente
- Artículo 9 Suspéndese por el presente año la
- Artículo 10 Las normas del artículo 2° y del
- Artículo 11 Para dar cumplimiento a disposiciones
- Artículo 12 Durante el año 1972, los decretos de
- Artículo 13 El Ministro de Hacienda, por orden del
- Artículo 14 Los compromisos, propuestas, contratos
- Artículo 15 Los decretos de fondos y los decretos
- Artículo 16 Los saldos de los Presupuestos
- Artículo 17 Los saldos en moneda nacional no
- Artículo 18 Autorízase al Presidente de la
- Artículo 19 Los reajustes que procedan en los
- Artículo 20 Autorízase al Presidente de la
- Artículo 21 Auméntase en US$ 400
- Artículo 22 Facúltase al Banco Central de Chile y a
- Artículo 23 Fíjanse los siguientes porcentajes de
- Artículo 24 Los pasajes y fletes que de acuerdo al