Ley 17.665

LEY N° 16.346, DE 20 DE OCTUBRE DE 1965 ESTABLECE LA LEGITIMACION ADOPTIVA

Artículo

Artículo 2Intercálase en el artículo 2° de la ley N° 7613, que establece disposiciones sobre la adopción, entre los actuales incisos primero y segundo, el siguiente inciso nuevo:

Artículo 3Suprímese en el artículo 203 del Código Civil la frase:

Artículo 4Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 20 de la ley N° 4808, sobre Registro Civil:

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