🇨🇱 Chile
Ley 20 unidades
MODIFICA LA PLANTA DEL PERSONAL DE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL
Ley 17.801cl-law-1972-11-13-1780113 nov 1972
- Artículo
- Artículo 2 Créanse en la Planta del Personal de la Biblioteca del Congreso Nacional los siguientes cargos:
- Artículo 3 Créase en la Planta del Personal de la Biblioteca del Congreso Nacional, el siguiente escalafón con los cargos y sueldos bases anuales que se indican:
- Artículo 4 El Bibliotecario Jefe jerárquicamente está subordinado al Director y es su subrogante legal
- Artículo 5
- Artículo 6 Los Subjefes de Hemeroteca y de Información y Referencias Bibliográficas dependerán directamente del Bibliotecario Jefe
- Artículo 7
- Artículo 8
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11 Los cargos de "Catalogadores Auxiliares" se proveerán por concurso interno de acuerdo a las normas vigentes en la Biblioteca
- Artículo 12
- Artículo 13 Para el único efecto del artículo 7° de la ley N° 12
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16 La creación del cargo de Bibliotecario Jefe no afectará el derecho a los beneficios que contempla el artículo 132 del DFL
- Artículo 17 Los Jefes de las Secciones Ciencias Políticas Sociales y Económicas, y de Control dependerán directamente del Director
- Artículo 18
- Artículo 19 Las disposiciones de la presente ley comenzarán a regir desde el 1° de enero de 1973
- Artículo El cargo de Director será servido por el actual titular del cargo de Bibliotecario Jefe de la Oficina