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🇨🇱 Chile
Vigente
Ley
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FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA PROMULGAR LAS MODIFICACIONES AL DFL. N° 1, DE 1971
Ley 17.882
cl-law-1973-01-19-17882
19 ene 1973
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Historial
Artículo único
Facúltase al Presidente de la República para que, dentro del plazo de 45 días, contados desde la publicación de la presente ley, promulgue las modificaciones al DFL