🇨🇱 Chile
Ley 9 unidades
CREA COMUNA SUBDELEGACION QUE INDICA
Ley 17.889cl-law-1973-01-30-1788930 ene 1973
- Artículo
- Artículo 2 Las cuentas por pagar de las actuales Municipalidades de Portezuelo, Cobquecura y Quirihue, serán siempre de cargo de estas Municipalidades
- Artículo 3
- Artículo 4 A partir de 1973, la Ley de Presupuestos de la Nación consultará anualmente un aporte de E° 400
- Artículo 5 Autorízase al Presidente de la República para nombrar una Junta de Vecinos compuesta de cinco miembros, a uno de los cuales designará Alcalde
- Artículo 6
- Artículo 7 Auméntase en un cargo el número de subdelegados de la Planta del Servicio de Gobierno Interior, asignándosele la renta correspondiente a sus similares
- Artículo 8 Extiéndese a las disposiciones de la presente ley la autorización concedida al Presidente de la República por el artículo 2 de la ley N° 4
- Artículo 9 La presente ley entrará en vigencia a los sesenta días siguientes contados desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial