Ley 17.915

REENCASILLA A PERSONAL QUE SEÑALA

Artículo

Artículo 2Los trabajadores a contrata, no afectos a las disposiciones de la ley N°

Artículo 3

Artículo 4El Escalafón de Técnicos con Título Universitario, de la Escala Directiva, Profesional y Técnica, del Servicio Nacional de Salud, deberá considerar cargos desde la 2a

Artículo 5

Artículo 6

Artículo 7Agréganse los siguientes incisos nuevos, a continuación del inciso segundo, del artículo 23, del decreto de Economía, Fomento y Reconstrucción N°

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io