🇨🇱 Chile
Derogada parcialmente Ley 127 unidades

LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL DE CARABINEROS

Ley 18.961cl-law-1990-03-07-1896126 dic 2023

Carabineros de ChileLey no.18.961

  1. TÍTULO I. TITULO I
  2. Artículo 1 Carabineros de Chile es una Institución
  3. Artículo 2 Carabineros de Chile como cuerpo
  4. Artículo 2 bis Carabineros de Chile, como parte de
  5. Artículo 2 ter Carabineros de Chile deberá
  6. Artículo 2 quáter Carabineros de Chile, como
  7. Artículo 2 quinquies Dentro del marco de su
  8. Artículo 3 Carabineros de Chile establecerá los
  9. Artículo 3 bis Carabineros de Chile deberá
  10. Artículo 3 ter Sin perjuicio de lo dispuesto en
  11. Artículo 3 quáter El Alto Mando Policial, en
  12. Artículo 4 Carabineros de Chile prestará a las
  13. Artículo 4 bis El General Director, durante el mes
  14. Artículo 4 ter Carabineros de Chile deberá
  15. Artículo 4 quáter Las órdenes generales y toda
  16. Artículo 4 quinquies Carabineros de Chile deberá
  17. Artículo 5 El personal de Carabineros estará
  18. Artículo 6 Los grados y la escala jerárquica del
  19. Artículo 7 La Dirección General podrá contratar
  20. TÍTULO II. TITULO II
  21. Artículo 8 La carrera profesional constituye un
  22. Sección 1. PARRAFO 1°
  23. Artículo 9 Para pertenecer a la Planta de Carabineros
  24. Artículo 10 Los nombramientos, ascensos,
  25. Artículo 11 Los Subtenientes de Fila serán nombrados
  26. Artículo 12 El Personal de Nombramiento Institucional
  27. Artículo 13 El Personal Civil de Nombramiento Supremo
  28. Artículo 14 El personal de planta de Carabineros que
  29. Artículo 15 El cambio de Escalafón procederá sólo
  30. Artículo 16 El General Director, cuando las
  31. Sección 2. PARRAFO 2°
  32. Artículo 17 Carabineros de Chile mantendrá un
  33. Artículo 18 Carabineros de Chile estará facultado
  34. Artículo 19 La Institución podrá otorgar becas de
  35. Artículo 20 El desarrollo profesional comprenderá
  36. Artículo 21 El Presupuesto de la Nación deberá
  37. Sección 3. PARRAFO 3°
  38. Artículo 22 El desempeño profesional se evaluará a
  39. Artículo 23 Para los efectos del ascenso y de la
  40. Artículo 24 El proceso de clasificación del
  41. Sección 4. PARRAFO 4°
  42. Artículo 25 La promoción del personal se
  43. Artículo 26 El ascenso al grado inmediatamente
  44. Artículo 27 No podrá ascender el personal propuesto
  45. Artículo 28 Los ascensos de los Oficiales y Empleados
  46. Artículo 29 Los Oficiales Generales ascenderán por
  47. Artículo 30 En casos calificados, y por disposición
  48. Sección 5. PARRAFO 5°
  49. Artículo 31 Corresponde sólo a la autoridad
  50. Artículo 32 Las comisiones de servicio para
  51. Artículo 32 bis El superior a cargo de un
  52. Artículo 32 ter Los informes que se levanten durante
  53. Artículo 33 El personal de Carabineros tiene derecho,
  54. Artículo 33 bis El personal de Carabineros tendrá
  55. Artículo 34 El personal que se accidentara en actos
  56. Artículo 35 El personal tendrá derecho a años de
  57. Artículo 35 bis En el ejercicio de sus funciones
  58. Artículo 36 Suprimido
  59. Artículo 36 bis Suprimido
  60. Artículo 37 El personal de Carabineros estará sujeto
  61. Sección 6. PARRAFO 6°
  62. Artículo 38 El personal de Carabineros podrá
  63. Artículo 39 Los decretos supremos y resoluciones
  64. Artículo 40 Serán comprendidos en el retiro temporal
  65. Artículo 41 Serán comprendidos en el retiro absoluto
  66. Artículo 42 El retiro temporal del personal de Fila y
  67. Artículo 43 El retiro absoluto del personal de Fila y
  68. Artículo 44 La renuncia al empleo, cuando fuere
  69. TÍTULO III. Título III
  70. Artículo 44 bis El personal de Carabineros de Chile
  71. Artículo 44 ter Carabineros de Chile deberá
  72. Artículo 44 quáter El personal de Carabineros de
  73. Artículo 44 quinquies Carabineros de Chile
  74. TÍTULO IV. TITULO IV
  75. Sección 1. PARRAFO 1°
  76. Artículo 45 La antigüedad es el tiempo de
  77. Artículo 46 Dentro de cada Escalafón, la antigüedad
  78. Artículo 47 La antigüedad para el nombramiento de
  79. Artículo 48 La antigüedad entre Oficiales
  80. Artículo 49 El rango es el conjunto de prerrogativas
  81. Sección 2. PARRAFO 2° Mando
  82. Artículo 50 Mando es el ejercicio de la autoridad que
  83. Artículo 51 El mando policial superior de la
  84. Artículo 52 Son facultades del General Director:
  85. Artículo 53 El General Director podrá delegar,
  86. Sección 3. PARRAFO 3° Sucesión de Mando
  87. Artículo 54 Se entiende por sucesión de mando el orden
  88. Artículo 55 La sucesión de mando recaerá siempre,
  89. Artículo 56 El Estatuto del personal contemplará las
  90. TÍTULO V. TITULO V
  91. Sección 1. PARRAFO 1°
  92. Artículo 57 El personal de Carabineros tendrá
  93. Artículo 58 La pensión de retiro se computará sobre
  94. Artículo 59 No obstante lo anterior, la pensión de
  95. Artículo 60 Tendrán, asimismo, derecho a pensión de
  96. Artículo 61 Son servicios efectivos en Carabineros
  97. Artículo 62 Serán computables para el retiro los
  98. Artículo 63 Accidente en acto del servicio es aquel
  99. Artículo 64 A la Comisión Médica Central de
  100. Artículo 65 El personal que se inutilizare como
  101. Artículo 66 La pensión de retiro, una vez otorgada y
  102. Artículo 67 Enfermedad profesional es la causada de
  103. Artículo 68 El personal afectado de una enfermedad
  104. Artículo
  105. Sección 2. PARRAFO 2°
  106. Artículo
  107. Artículo 70 bis Al montepío tienen derecho los
  108. Artículo
  109. Artículo 71 bis El personal que fallezca en accidente
  110. Artículo
  111. Artículo 72 bis Los asignatarios de montepío
  112. Sección 3. PARRAFO 3°
  113. Artículo
  114. Artículo 74 Tendrán derecho a percibir la
  115. Artículo
  116. Artículo
  117. Artículo
  118. Sección 4. PARRAFO 4°
  119. Artículo
  120. Artículo
  121. Artículo
  122. Artículo
  123. Artículo
  124. Artículo
  125. Artículo
  126. TÍTULO VI. Título VI
  127. Artículo 84 bis Todo hecho constitutivo de falta
  128. Artículo 84 ter La responsabilidad administrativa se
  129. Artículo 84 quáter A fin de evaluar y controlar la
  130. Artículo 84 quinquies En los procedimientos
  131. Artículo 84 sexies Las medidas expulsivas dispuestas
  132. TÍTULO VIII. TITULO VIII
  133. Artículo
  134. Artículo
  135. Artículo
  136. Artículo
  137. Artículo
  138. Artículo
  139. Artículo 90 bis Existirá una Alta Repartición
  140. Artículo 90 ter Créase un Comité de Auditoría
  141. Artículo 90 quáter La Contraloría General de la
  142. Artículo
  143. Artículo
  144. Artículo
  145. Artículo 1 Facúltase al Presidente de la República
  146. Artículo 2 Las disposiciones de la ley N° 18
  147. Artículo 3 El personal que se encuentre en servicio
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