Ley 21.658

CREA LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL EN LA SUBSECRETARÍA DE HACIENDA, Y ADECÚA LOS CUERPOS LEGALES QUE INDICA

Artículo

Artículo 2

Artículo 3

Artículo 4A contar del 1 de marzo de 2024, introdúcense las siguientes modificaciones en los cuerpos legales que se indican:

Artículo primero

Artículo segundo

Artículo terceroEl mayor gasto fiscal que signifique la aplicación de esta ley en su primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Hacienda

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