🇨🇱 Chile
Vigente Ley 57 unidades
LEY DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO CORRESPONDIENTE AL AÑO 2026
Ley 21.796cl-law-2025-12-12-2179612 dic 2025
- Artículo 1
- Artículo 2 Durante el año 2026 el Presidente de la
- Artículo 3 Autorízase al Presidente de la
- Artículo 4 De conformidad con lo dispuesto en el
- Artículo 5 Suspéndese durante el año 2026 la
- Artículo 6 La propuesta o licitación pública será
- Artículo 7 En los decretos que contengan
- Artículo 8 Todos los pagos a proveedores de bienes y
- Artículo 9 Prohíbese a los órganos y servicios
- Artículo 10 No obstante la dotación máxima de
- Artículo 11 Los órganos y servicios públicos
- Artículo 12 Los órganos y servicios públicos
- Artículo 13 El producto de las ventas de bienes
- Artículo 14 Los órganos del Estado regidos por esta
- Artículo 15 Fíjase para el año 2026 en 6
- Artículo 16 La Dirección de Presupuestos
- Artículo 17 Los órganos y servicios públicos
- Artículo 18 Los decretos supremos del Ministerio de
- Artículo 19 Las personas encargadas de los programas
- Artículo 20 Cuando los órganos y servicios
- Artículo 21 Los gastos en publicidad y difusión que
- Artículo 22 Las comisiones de servicio en el país y
- Artículo 23 Para todos los organismos públicos
- Artículo 24 Los convenios de transferencia a los que
- Artículo 25 Además de los requisitos del artículo
- Artículo 26 Los organismos públicos receptores de
- Artículo 27 Sin perjuicio de lo dispuesto en el
- Artículo 28 Los organismos públicos regidos por
- Artículo 29 Los actos y contratos que se hayan
- Artículo 30 El arriendo de infraestructura para
- Artículo 31 El Ministerio de Hacienda podrá
- Artículo 32 Las funcionarias y los funcionarios
- Artículo 33 La dotación máxima de vehículos
- Artículo 34 Los órganos y servicios públicos del
- Artículo 35 Toda información que, de acuerdo con lo
- Artículo 36 Autorízase al Fisco para postergar a
- Artículo 37 Para los efectos de los gastos
- Artículo 38 Durante el año 2026 la enajenación de
- Artículo 39 Durante el año 2026 la suma de los
- Artículo 40 Ante la ocurrencia de una emergencia,
- Artículo 41 El traspaso del servicio educacional,
- Artículo 42 El Ministerio de Hacienda mantendrá una
- Artículo 43 De acuerdo con lo establecido en el
- Artículo 44 Los profesionales de la educación
- Artículo 45 Traspásanse, sin solución de
- Artículo 46 Autorízase al Fisco a efectuar durante
- Artículo 47 Los sostenedores de los establecimientos
- Artículo 48 Las disposiciones de esta ley regirán a
- Artículo 49 Los ministerios y servicios públicos no
- Artículo 50 La Dirección de Presupuestos, luego de
- Artículo 51 En el proceso de Admisión Escolar
- Artículo 52 Eliminado
- Artículo 53 La Dirección de Presupuestos deberá
- Artículo 54 A más tardar el 15 de enero de 2026,
- Artículo 55 Para todos los efectos de esta ley, la
- Artículo 56 Las reasignaciones que signifiquen en
- Artículo 57 Los órganos, servicios públicos y