🇨🇱 Chile
DFL 113 unidades
COMPAÑIAS DE SEGUROS, SOCIEDADES ANONIMAS Y BOLSAS DE COMERCIO
DFL 251cl-legislative-decree-1931-05-22-2511 abr 2027
- Artículo 1 Para los efectos de esta ley, se entenderá
- Artículo 2 Las compañías no podrán efectuar
- Artículo 3 Son atribuciones y obligaciones de la
- Artículo 4 El comercio de asegurar riesgos a base
- Artículo 4 bis No obstante lo dispuesto en el
- Artículo 5 Desde la fecha de esta Ley queda prohibido en
- Artículo 6 Cada vez que se emplee en esta ley la
- Artículo 7 El capital de las compañías de seguros no
- Artículo 8 Las compañías se dividirán en dos grupos
- Artículo 9 La constitución legal de las sociedades
- Artículo 9 bis Las personas naturales o jurídicas
- Artículo 10 El monto de los seguros, de las primas y de las
- Artículo 11 No podrán organizarse entidades aseguradoras
- Artículo 12 Créase un sistema de consulta de
- Artículo 13 Las compañías de seguros no podrán disponer
- Artículo 14 DEROGADO
- Artículo 15 El límite máximo de endeudamiento total en
- Artículo 16 El reaseguro de los contratos celebrados
- Artículo 16 bis DEROGADO
- Artículo 17 Las compañías deberán enviar a la
- Artículo 18 Las compañías deberán publicar conjuntamente
- Artículo 19 La Superintendencia publicará anualmente en
- Artículo 20 Las entidades aseguradoras y
- Artículo 20 bis Las compañías de seguros deberán
- Artículo 21 Las reservas técnicas y el patrimonio de
- Artículo 21 bis DEROGADO
- Artículo 22 Las inversiones representativas de reservas
- Artículo 23 La inversión en los distintos tipos de
- Artículo 24 Sin perjuicio de lo dispuesto en el
- Artículo 24 bis Si una inversión representativa de LEY 19769
- Artículo 25 Las compañías deberán llevar un registro que
- Artículo 26 Derogado
- Artículo 27 La entidad aseguradora, cualquiera que sea su
- Artículo 28 El reaseguro no altera en nada el contrato
- Artículo 29 Las cuestiones litigiosas que se susciten con
- Artículo 30 El Comandante del Cuerpo de Bomberos que
- Artículo 31 Cuando el incendio tuviere lugar en un
- Artículo 32 Producido el siniestro, el local ocupado por el
- Artículo 33 Ni el asegurador, ni el asegurado, ni
- Artículo 34 DEROGADO
- Artículo 35 Pasado el plazo de veinte días, a contar
- Artículo 36 Si en virtud de la ley, la contratación
- Artículo 37 Los interesados en la constitución de
- Artículo 37 bis Los accionistas fundadores de una
- Artículo 38 Por exigirlo el interés nacional, una
- Artículo 39 La Superintendencia dispondrá de un
- Artículo 39 bis Dentro del plazo de 90 días, la
- Artículo 40 Los bancos, cooperativas, agentes
- Artículo 41 Las Compañías de Seguros, sus
- Artículo 42 DEROGADO
- Artículo 43 Las contravenciones a las normas que regulan la
- Artículo 44 En caso de incumplimiento de las órdenes que
- Artículo 44 bis No podrán participar en las
- Artículo 45 La Comisión para el Mercado Financiero
- Artículo 46 Exceptuadas aquellas compañías comprendidas
- Artículo 47 La compañía que efectuare el pago de
- Artículo 48 Sufrirán las penas de multas de 20 a 200
- Artículo 49 Sufrirán las penas de presidio menor en
- Artículo 50 Los Directores y empleados de una Compañía de
- Artículo 51 Si alguna persona o entidad ejerciera en
- Artículo 52 DEROGADO
- Artículo 53 Las clasificaciones a que aluden los
- Artículo 54 Las compañías deberán considerar la
- Artículo 55 DEROGADO
- Artículo 56 Las compañías que hayan respaldado
- Artículo 57 Los seguros pueden ser contratados ya sea
- Artículo 57 bis Derogado
- Artículo 58 Para ejercer su actividad, los corredores
- Artículo 58 bis Sin perjuicio de lo señalado en el
- Artículo 59 No podrán ser corredores de seguros:
- Artículo 60 Los corredores están obligados a remitir
- Artículo 61 La liquidación de los siniestros
- Artículo 62 El registro de liquidadores podrá
- Artículo 63 Son obligaciones de los liquidadores:
- Artículo 64 A los liquidadores les queda prohibido:
- Artículo 65 La reducción del patrimonio de una
- Artículo 66 Si la disminución del patrimonio bajo el
- Artículo 67 En el caso en que la junta extraordinaria
- Artículo 68 Cuando una compañía de seguros no dé
- Artículo 69 Si alguno de los problemas señalados en
- Artículo 70 Si al cabo de los 80 días hábiles de
- Artículo 71 Vencido el plazo de 20 días hábiles
- Artículo 72 Si la reducción del patrimonio de una
- Artículo 73 Si concluido el proceso de
- Artículo 73 bis En caso que la compañía presente
- Artículo 74 En toda liquidación de una compañía de
- Artículo 75 La liquidación de una compañía de
- Artículo 76 En todas las situaciones de este Título,
- Artículo 77 Las proposiciones de convenio
- Artículo 78 Los trabajadores del deudor no votarán
- Artículo 79 Si algún acreedor de una compañía de
- Artículo 80 Propuesto un acuerdo de reorganización
- Artículo 81 En todos los procedimientos concursales
- Artículo 82 Dictada la resolución de liquidación de
- Artículo 83 En el procedimiento concursal de
- Artículo 84 En el evento de no producirse el traspaso
- Artículo 85 Dictada la resolución de liquidación de
- Artículo 86 En cada uno de los procedimientos
- Artículo 87 En todo lo no previsto en este párrafo
- Artículo 88 Las entidades aseguradoras podrán
- Artículo 89 La Superintendencia establecerá los
- Artículo 90 Los mutuos se otorgarán a personas
- Artículo 91 Los mutuos hipotecarios endosables
- Artículo 92 La Superintendencia podrá autorizar, a
- Artículo 1 Las Sociedades Anónimas a que se refiere el
- Artículo 2 La facultad que el Artículo 132 otorga
- Artículo 3 La Superintendencia y el Superintendente
- Artículo 4 Los empleados que actualmente desempeñen
- Artículo 5 Los empleados de la Superintendencia de
- Artículo 6 Los empleados de la Inspección General de
- Artículo 7 DEROGADO
- Artículo 8 Traspásanse al ítem 06/09/08/b/, los saldos
- Artículo Esta Ley comenzará a regir desde la