Artículo
1.° Autorízase al Tesorero General de la República para adquirir los bonos de la Deuda Interna en poder del Banco Central de Chile. 2.° Autorízase al Tesorero General de la República para suscribir un pagaré a favor del Banco Central de Chile por la suma de treinta y tres millones ochocientos cincuenta y cinco mil setecientos setenta y un pesos setenta y siete centavos ($ 33.855,771.77) a seis meses plazos que devengará un interés de 7% anual. 3.° Autorízase al Tesorero General de la República para invertir el producto de este pagaré: a) en adquirir treinta millones quinientos veintiocho mil pesos ($ 30.528.000) nominales en bonos de la Deuda Interna de propiedad del Banco Central de Chile en la suma de veintiocho millones setecientos mil setecientos cincuenta y dos pesos noventa y siete centavos ($ 28.700,752.97), reteniendo el Banco los cupones con vencimiento al 15 del presente mes, que suman ochocientos ochenta y un mil trescientos treinta y cinco pesos ($ 881.335); b) en pagar la suma de un millón noventa y cinco mil novecientos veintinueve pesos treinta y cinco centavos ($ 1.095.929.35), saldo del valor de las maquinarias adquiridas por el Banco Central de Chile para la Superintendencia de la Casa de Moneda y Especies Valoradas; c) en pagar la suma de cuatro millones cincuenta y nueve mil ochenta y nueve pesos cuarenta y cinco centavos ($ 4.059.089.45) importe de las pastas de plata adquiridas por el Banco Central de Chile para la Superintendencia de la Casa de Moneda y Especies Valoradas. 4.° Supleméntase el Presupuesto Extraordinario vigente en la suma de $ 4.955.018.80, distribuídos en los siguientes ítem: E. 06/01 a) Cancelación al Banco Central de Chile de maquinarias adquiridas por éste y entregadas a los Talleres de Especies Valoradas________ $ 895.929.35 E. 06/01 g) (Item nuevo).- Cancelación al Banco Central de Chile de pastas de plata adquiridas por éste, por cuenta de la Superintendencia de la Casa de Moneda y Especies Valoradas____________________ 4.059.089.43 El mayor gasto en que eventualmente se incurriere en cumplimiento del presente decreto, se atenderá con las economías que se introduzcan en la inversión del Presupuesto Extraordinario. 5.° Autorízase al Tesorero General de la República para enajenar los bonos adquiridos en conformidad al artículo 1.° del presente decreto o para concederlos en préstamo a la Caja Nacional de Ahorros, por el plazo de un año, prorrogable por otro año. La Caja reintegrará al Fisco el valor de los cupones a medida de sus vencimientos y de los bonos que se amortizaren.