Artículo únicoTraspásense las sumas de $ 36,567
Artículo único.- Traspásense las sumas de $ 36,567.98 del decreto-ley 273, $ 352 mil 782.16, de los Decretos-leyes 367 y 515, y $ 66,768.88, de la ley número 4,294, en la siguiente forma: $ 456,000.00 a la ley 4,745, y $ 119.02 a los fondos destinados al financiamiento del Presupuesto Extraordinario autorizado por la ley número 4,932.