DFL 221

APRUEBA MODIFICACIONES DE LA PLANTA DEL PERSONAL DE LA CAJA DE ACCIDENTES DEL TRABAJO

Artículo 1o Apruébanse las modificaciones que se indican en la Planta del personal de la Caja de Accidentes del Trabajo aprobada por decreto N

Artículo 2o Los cargos de esta Planta gozarán de las asignaciones, sobresueldos y demás beneficios que otorgan las leyes vigentes

Artículo 3o La Planta del Personal de la Caja de Accidentes del Trabajo, afecto a la ley 10 223, que fué aprobada por decreto N

Artículo

Artículo 5o Auméntase con cargo al menor gasto que producen las reducciones contempladas en el Art

Artículo 6

Artículo 7o Redúcese en la suma de $ 2

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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