APRUEBA EXENCIONES TRIBUTARIAS A LOS PRODUCTOS QUE SE EXPORTEN
Artículo
Esta ley ya no está en vigor (Derogada).
artículos de exportación Artículo 8º La exención que establece esta ley en favor de las materias primas y partes nacionales y nacionalizadas que entren en la elaboración de artículos de exportación comprende únicamente el impuesto a las compraventas u otras convenciones que sirven para transferir el dominio de bienes corporales muebles, respecto de las materias primas y partes componentes, cuando fueren adquiridas por el productor del artículo de exportación o en sus sucesivas etapas de producción, aun cuando ellas se realicen por diversos empresarios. Quedan comprendidas dentro de esta disposición las materias primas o partes nacionalizadas.