DISPONE LA REESTRUCTURACIÓN Y FIJA LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO
Artículo
Vigente · versión de 30 abr 2021
Artículo 2° El personal que actualmente se desempeña en calidad de interino o a contrata, que determine el Director del Trabajo, pasará a formar parte de la planta de funcionarios de la Dirección del Ramo sin concurso previo.