ESTABLECE ASIGNACIONES Y REMUNERACIONES QUE INDICA A LOS EMPLEADOS Y OBREROS QUE SEÑALA
Artículo 8La asignación dispuesta en el artículo primero se imputará a los aumentos de remuneraciones fijados de acuerdo a los sistemas de remuneraciones mínimas
Vigente · versión de 7 ene 1969
Artículo 8º.- La asignación dispuesta en el artículo primero se imputará a los aumentos de remuneraciones fijados de acuerdo a los sistemas de remuneraciones mínimas.