🇨🇱 Chile
DFL 4 unidades
ESTABLECE IMPUESTO UNICO A LAS BEBIDAS ANALCOHOLICAS Y AGUAS MINERALES Y MINERALIZADAS
DFL 8cl-legislative-decree-1971-10-14-814 oct 1971
- Artículo 1 o_ Las bebidas analcohólicas y las aguas minerales y mineralizadas de producción nacional estarán afectas, en sustitución de los tributos señalados en el considerando 3
- Artículo 2
- Artículo 3 o_ Introdúcense las siguientes modificaciones a la l e y N
- Artículo 4 o_ Las disposiciones del presente decreto entrarán a regir a contar de su publicación en el Diario Oficial