🇨🇱 Chile
Vigente DFL 182 unidades
ESTATUTO DEL PERSONAL DE POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE.
DFL 1cl-legislative-decree-1980-11-11-111 mar 2025
- Artículo 1 El Personal de Policía de
- Artículo 2 Quedará afecto a este Estatuto:
- Artículo 3 El personal de trabajadores a jornal de
- Artículo 4 Los funcionarios que ocupen cargos de la
- Artículo 5 Para los efectos del presente Estatuto
- Artículo 6 El personal de la Planta de Policía de
- Artículo 7 El personal de Nombramiento Supremo, de
- Artículo 8 Los grados y jerarquías de los
- Artículo 9 La Ley de Presupuestos determinará
- Artículo 10 El personal de Nombramiento
- Artículo 11 No obstante lo expresado en el
- Artículo 12 Las dotaciones que integran los
- Artículo 13 El Presidente de la República, a
- Artículo 14 Para ingresar a Policía de
- Artículo 15 El nombramiento de los Oficiales y del
- Artículo 16 El nombramiento de los Detectives del
- Artículo 17 El nombramiento de los Oficiales de
- Artículo El nombramiento del personal de la
- Artículo El nombramiento del personal de la
- Artículo 18 Los peritos serán designados por el
- Artículo 19 Los funcionarios de la Planta de la
- Artículo 20 El nombramiento de los empleados
- Artículo 21 Los empleados nombrados en calidad de
- Artículo 22 Las suplencias se regirán por las
- Artículo 23 Cuando fuere procedente la
- Artículo 24 El Director General será subrogado
- Artículo 25 El personal en retiro temporal sólo
- Artículo 26 El Director General de Investigaciones
- Artículo 27 El Director General podrá, además,
- Artículo 28 La Dirección General, asimismo,
- Artículo 29 La Dirección General de
- Artículo 30 El sistema de Ascensos del personal de
- Artículo 31 Ningún funcionario podrá ascender en
- Artículo 32 El personal de las siguientes Plantas,
- Artículo 33 Al personal señalado en el artículo
- Artículo 34 El Director General, los Prefectos
- Artículo 35 Los funcionarios del Escalafón de
- Artículo 36 Para ascender al grado de Prefecto
- Artículo 37 Para ascender al grado de Subprefecto
- Artículo 38 En caso de que un funcionario no
- Artículo 39 El Director General, mediante
- Artículo 40 Cuando por falta de requisitos legales
- Artículo 41 Se entiende por Antiguedad el orden
- Artículo 42 Dentro de cada Escalafón, la
- Artículo 43 La antigüedad de los Oficiales entre
- Artículo 44 En el decreto de nombramiento de los
- Artículo 45 La antigüedad del personal de Apoyo
- Artículo 46 Los funcionarios de la Planta de
- Artículo 47 En materia de antiguedad regirán,
- Artículo 48 Se entiende por rango, la calidad
- Artículo 49 Se entiende por mando, la autoridad
- Artículo 50 La Jefatura Superior de Policía de
- Artículo 51 Mando Policial es el que corresponde
- Artículo 52 Se entiende por sucesión de mando, el
- Artículo 53 Todo el personal de Policía de
- Artículo 54 La calificación es la evalución de la
- Artículo 55 Los funcionarios serán, además,
- Artículo 56 El funcionario que, por cualquiera
- Artículo 57 La calificación de los Oficiales
- Artículo 58 La calificación se hará basada en los
- Artículo 59 Para el conocimiento, estudio y
- Artículo 60 Las Juntas Calificadoras Zonales
- Artículo 61 La Junta Calificadora de Oficiales
- Artículo 62 La junta de Apelaciones del personal
- Artículo 63 Los Oficiales de los Servicios que
- Artículo 64 El funcionario que no se conformare con
- Artículo
- Artículo
- Artículo 65 Habrá una Junta Extraordinaria de
- Artículo 66 El funcionario clasificado, por
- Artículo 67 El proceso calificatorio se regirá, en
- Artículo 68 El ingreso al Escalafón de Complemento
- Artículo 69 Los Oficiales que integran el
- Artículo 70 El ingreso al Escalafón de Complemento
- Artículo 71 Los Oficiales del Escalafón de
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo 72 La circunstancia de que la muerte o las
- Artículo 73 Corresponderá exclusivamente a la
- Artículo 74 El Director General de Investigaciones
- Artículo 75 La invalidez proveniente de un accidente
- Artículo 76 El personal afectado de una enfermedad
- Artículo 77 El personal de Policía de
- Artículo 78 El personal que , estando acogido a
- Artículo 79 También será considerado como
- Artículo 80 El personal declarado irrecuperable,
- Artículo 81 Los asignatarios de montepío del
- Artículo 82 El derecho a obtener pensión de retiro
- Artículo
- Artículo 84 El reglamento respectivo establecerá la
- Artículo 85 El personal de Policía de
- Artículo 86 Ningún funcionario que haya sido
- Artículo 87 El personal que obtenga su retiro en
- Artículo 88 Los decretos supremos que concedan o
- Artículo 89 En el caso previsto en el artículo
- Artículo 90 Serán comprendidos en el retiro
- Artículo 91 Serán comprendidos en el retiro
- Artículo 92 El personal de las Plantas de la
- Artículo 93 El retiro temporal del personal de
- Artículo 94 El retiro absoluto del personal de
- Artículo 95 Las causales de retiro del personal
- Artículo 96 El retiro de los Profesores Civiles
- Artículo 97 El personal tiene derecho, como
- Artículo 98 Las remuneraciones que percibe el
- Artículo 99 Las planillas, nóminas y demás
- Artículo 100 El personal en servicio activo que sea
- Artículo 101 El personal afecto al presente
- Artículo 102 Para los efectos del sueldo se
- Artículo 102 bis Para los efectos del artículo
- Artículo 103 Para los efectos de la aplicacion a
- Artículo 103 bis Los Oficiales Policiales
- Artículo 104 Las referencias establecidas en el fil
- Artículo 105 La referencia que el inciso 2° de la
- Artículo 106 Las licencias que se otorguen al
- Artículo 107 Lo dispuesto en los artículos 38° y
- Artículo 108 El personal de Policía de
- Artículo 109 El producto del descuento establecido
- Artículo 110 El beneficio que concede este párrafo
- Artículo
- Artículo 112 El Jefe del Departamento de Bienestar
- Artículo 113 El personal de Policía de
- Artículo 114 El personal tendrá derecho a todos los
- Artículo 115 Todo funcionario, desde que legalmente
- Artículo 116 Al proveerse por ascenso un cargo
- Artículo 117 El funcionario tiene derecho a exigir
- Artículo 118 Los funcionarios podrán ejercer
- Artículo 119 Cuando dos funcionarios fuesen casados
- Artículo 120 Todo funcionario tiene derecho a
- Artículo 121 El personal regido por el presente
- Artículo 122 Los funcionarios que dejen de pertener
- Artículo 123 Se aplicará a las pensiones de retiro
- Artículo 124 El personal con derecho a pensión de
- Artículo 125 Lo dispuesto en el artículo anterior
- Artículo 126 El personal que, habiéndose acogido a
- Artículo 126 bis La pensión de retiro por invalidez
- Artículo 127 El personal que fallezca en un
- Artículo 128 En la situación prevista en el
- Artículo 129 El personal que, en circunstancias de
- Artículo 130 Los funcionarios que dejen de
- Artículo 131 Los asignatarios de montepío a la
- Artículo 132 El personal de Policía de
- Artículo 133 No obstante lo señalado en el
- Artículo 134 El personal de Policía de
- Artículo 135 Sin perjuicio de las normas especiales
- Artículo 136 La jornada efectiva de trabajo del
- Artículo 136 bis El personal de la Policía de
- Artículo 136 ter La Policía de Investigaciones
- Artículo 137 Al personal de Investigaciones le
- Artículo 137 bis El personal de la Policía de
- Artículo 138 El personal que infrinja sus
- Artículo 138 bis La responsabilidad administrativa se
- Artículo 139 La sanción administrativa es
- Artículo 140 Las medidas disciplinarias que podrán
- Artículo 141 Las normas sobre aplicación de las
- Artículo 142 Las sanciones o medidas disciplinarias
- Artículo 142 bis Las medidas expulsivas dispuestas o
- Artículo 143 En Policía de Investigaciones de Chile
- Artículo 144 Se entiende que la caución por
- Artículo 145 El personal, exceptuado los oficiales
- Artículo 146 Al personal comprendido en el
- Artículo 147 Para los efectos señalados en el
- Artículo 148 La Jefatura de Instruccíon de Policía
- Artículo 149 Los Aspirantes a Oficiales de la
- Artículo 150 Lo relativo a traslados se regirá por
- Artículo 151 Para los efectos penales,
- Artículo 152 Se exceptúan del pago de impuestos de
- Artículo 153 En lo no previsto por el presente
- Artículo 154 Deróganse los artículos 1° y 2° de
- Artículo 155 Declárase que el artículo
- Artículo 156 Los funcionarios de la Planta de
- Artículo
- Artículo 2 Los tiempos de permanencia mínima en
- Artículo 3 El personal en actual servicio que tuvo
- Artículo 4 La aplicación de las normas contenidas
- Artículo 5 El personal de Policía de
- Artículo 6 El personal de Investigaciones que se
- Artículo 7 Mientras se dicten las normas
- Artículo 8 Los servicios prestados a Policía de
- Artículo 9 El personal en actual servicio
- Artículo 10 Durante los períodos calificatorios