APRUEBA ESTATUTO ORGANICO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA METROPOLITANA
Artículo
Vigente · versión de 17 feb 2024
Artículo 18°: El Consejo Académico es un organismo colegiado, asesor del Rector en materias académicas. Este Consejo lo presidirá el Rector y estará integrado, además, por el Vicerrector Académico, Vicerrector de Investigación y Postgrado y el de Transferencia Tecnológica y Extensión, los Decanos y Directores de institutos, un representante de los estudiantes y un representante de los funcionarios no académicos. El Secretario General de la Universidad actuará como Secretario del Consejo Académico.