CREA ESTABLECIMIENTO DE SALUD DE CARACTER EXPERIMENTAL QUE INDICA
Artículo 18El Jefe Superior del Establecimiento
Vigente · versión de 22 dic 2021
Artículo 18.- El Jefe Superior del Establecimiento aprobará los programas decapacitación y perfeccionamiento de los funcionarios del Establecimiento regidos por la ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo, velando por que todos puedan acceder equitativamente a ellos. Tales programas podrán estar destinados incluso a la obtención de un post título o un post grado conducentes a un grado académico.