CREA ESTABLECIMIENTO DE SALUD DE CARACTER EXPERIMENTAL QUE INDICA
Artículo 23Para los efectos de la contratación del
Vigente · versión de 22 dic 2021
Artículo 23.- Para los efectos de la contratación del personal afecto a la ley 18.834, el Jefe Superior del Establecimiento deberá sujetarse a las siguientes posiciones relativas de los estamentos que a continuación se señalan: a) Directivos de exclusiva confianza: del grado 1º al 4º. b) Profesionales: del grado 4º al 17º. c) Técnicos: del grado 10º al 21º. d) Administrativos: del grado 12º al 23º. e) Auxiliares: del grado 16º al 27º.