DFL 1

FIJA PLANTA DE PERSONAL DEL MINISTERIO DEL DEPORTE Y REGULA LAS DEMÁS MATERIAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 20.686.

Artículo 1Fíjase la siguiente planta de personal del Ministerio del Deporte:

Artículo 2Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos antes señalados:

Artículo 3

Artículo 4

Artículo 5

Artículo 6Fíjase la dotación máxima de personal del Ministerio del Deporte en 110 cupos para los años 2013 y 2014

Artículo 7

Artículo 8Determínase, para el Instituto Nacional de Deportes de Chile, los siguientes niveles jerárquicos para efectos de la aplicación de lo dispuesto en el título VI de la ley Nº19

Artículo primero

Artículo segundo

Artículo terceroPara el pago de incremento por desempeño institucional durante el año 2015, el Subsecretario del Deporte deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º de la Ley Nº 19

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