FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N° 20.640, QUE ESTABLECE EL SISTEMA DE ELECCIONES PRIMARIAS PARA LA NOMINACIÓN DE CANDIDATOS A PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, PARLAMENTARIOS, GOBERNADORES REGIONALES Y ALCALDES
Artículo
Vigente · versión de 21 oct 2021
Ley N°20.640, art. Artículo 33.- El Tribunal Calificador de Elecciones 31, D.O. 06.12.2012 proclamará como candidatos nominados para la elección definitiva de Presidente de la República, de parlamentarios o de gobernadores regionales, en cada territorio electoral, a los candidatos de cada partido político o pacto electoral que haya participado en las elecciones primarias, en conformidad a lo señalado en el artículo anterior. En el caso de las elecciones primarias para la nominación de candidatos al cargo de alcalde, dicha proclamación corresponderá al Tribunal Electoral Regional respectivo.