Circular 6/2020

Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto de la circular

Artículo 2Definiciones

Artículo 3Principios generales

Artículo 4Capacidad contratada prevista equivalente

Artículo 5Ámbito de aplicación de los peajes de transporte

Artículo 6Costes que incluyen los peajes de la actividad de transporte

Artículo 7Definición de los servicios prestados por las infraestructuras de transporte

Artículo 8Estructura de los peajes de transporte

Artículo 9Asignación de la retribución asociada a la red de transporte a los servicios prestados

Artículo 10Determinación de los peajes de transporte basados en capacidad por punto de entrada y salida de duración anual

Artículo 11Determinación de los peajes de transporte basados en capacidad de duración anual en los puntos de interconexión virtual

Artículo 12Ajustes en los peajes de transporte basados en capacidad resultantes de la metodología de capacidad ponderada por distancia de duración anual

Artículo 13Peaje de transporte basado en volumen

Artículo 14Multiplicadores aplicables a los contratos de duración inferior a un año

Artículo 15Peajes de capacidad interrumpible

Artículo 16Condiciones de facturación de los peajes de transporte

Artículo 17Publicación de Información

Artículo 18Ámbito de aplicación de los peajes de acceso a las redes locales

Artículo 19Costes que incluyen los peajes de acceso a las redes locales

Artículo 20Definición de los servicios prestados por las redes locales

Artículo 21Estructura de los peajes de acceso a las redes locales

Artículo 22Determinación de los peajes de acceso a las redes locales

Artículo 23Multiplicadores aplicables a los contratos de duración inferior a un año

Artículo 24Peajes de acceso interrumpibles a las redes locales

Artículo 25Condiciones generales de aplicación de peajes de acceso a las redes locales

Artículo 26Condiciones de facturación de los peajes de acceso a las redes locales

Artículo 27Ámbito de aplicación de los peajes de acceso a las instalaciones de regasificación

Artículo 28Costes que incluyen los peajes de la actividad de regasificación

Artículo 29Definición de los servicios prestados en las plantas de regasificación

Artículo 30Estructura de los peajes de la actividad de regasificación

Artículo 31Determinación de los peajes asociados a cada uno de los servicios prestados en la planta

Artículo 32Multiplicadores aplicables a los contratos de duración inferior a un año

Artículo 33Peajes de acceso interrumpibles a los servicios de regasificación

Artículo 34Condiciones generales de aplicación de los peajes de acceso a las instalaciones de regasificación

Artículo 35Condiciones de facturación de los peajes de acceso a las instalaciones de regasificación

Artículo 36Publicación de los peajes

Artículo 37Modificación excepcional de los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales e instalaciones de regasificación

Artículo 38Obligaciones de información que deben remitir los agentes

Disposición adicional primeraPeriodo tarifario

Disposición adicional segundaRevisión de la metodología

Disposición adicional terceraLiquidación de los peajes de transporte, redes locales y regasificación en el marco de la disposición transitoria cuarta de la Ley 3/2013, de 4 de junio

Disposición adicional cuartaPeaje de salida de la red local aplicable a los puntos de recarga de vehículos de gas natural de acceso público

Disposición transitoria primeraAplicación de la circular

Disposición transitoria segundaAdaptación de los sistemas informáticos a la estructura de peajes de la circular

Disposición transitoria terceraUbicación inicial de los consumidores en el grupo tarifario correspondiente

Disposición transitoria cuarta

Disposición transitoria quintaInformación a los consumidores

Disposición transitoria sextaImpacto gradual de la aplicación de la metodología

Disposición transitoria séptimaMultiplicadores aplicables a los contratos intradiarios de los peajes de acceso a las instalaciones de regasificación en el caso que no se disponga de la información necesaria para su cálculo

Disposición final únicaEntrada en vigor

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