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Circular 4/2026, de 8 de septiembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para determinar la retribución de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado.

Circular 4/2026es-circular-2026-09-08-418 sept 2026

  1. Artículo 1 Objeto Modificado
  2. Artículo 2 Ámbito de aplicación Modificado
  3. Artículo 3 Principios y criterios generales Modificado
  4. Artículo 4 Periodos regulatorios Modificado
  5. Artículo 5 Instalaciones incluidas en la metodología retributiva Modificado
  6. Artículo 6 Costes e ingresos considerados en la metodología retributiva de las instalaciones de transporte de gas natural y plantas de gas natural licuado Modificado
  7. Artículo 7 Admisibilidad de los costes Modificado
  8. Artículo 8 Productos y servicios conexos Modificado
  9. Artículo 9 Retribución anual de un titular por las instalaciones de transporte de gas natural y las plantas de gas natural licuado Modificado
  10. Artículo 10 Retribución por inversión en instalaciones Modificado
  11. Artículo 11 Valor de Inversión Reconocido de una instalación con Retribución Individualizada Modificado
  12. Artículo 12 Retribución por operación y mantenimiento de las instalaciones Modificado
  13. Artículo 13 Gastos de explotación activados Modificado
  14. Artículo 14 Ajustes a la Retribución por productividad y eficiencia Modificado
  15. Artículo 15 Retribución por Extensión de Vida Útil de las instalaciones de transporte de gas natural y regasificación de GNL Modificado
  16. Artículo 16 Retribución por Mejoras de Productividad en los costes de Operación y Mantenimiento habidas en periodos regulatorios anteriores Modificado
  17. Artículo 17 Retribución por incentivo por desarrollo sostenible y la promoción del uso de gas natural en transporte marítimo y terrestre Modificado
  18. Artículo 18 Retribución por Incentivo por la adquisición eficiente de suministros y costes de OM directos de instalaciones singulares Modificado
  19. Artículo 19 Retribución por Incentivo por la fiabilidad y valorización de los activos en actividades sin inversiones relevantes en nuevas instalaciones con retribución individualizada Modificado
  20. Artículo 20 Retribución por instalaciones en Situación Administrativa Especial Modificado
  21. Artículo 21 Retribución máxima admisible a utilizar en los procedimientos de concurrencia Modificado
  22. Artículo 22 Criterios para la determinación de los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento Modificado
  23. Artículo 23 Metodología para la determinación de los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento Modificado
  24. Artículo 24 Obra lineal de un gasoducto de transporte Modificado
  25. Artículo 25 Posiciones de válvulas de los gasoductos de transporte Modificado
  26. Artículo 26 Trampas de rascadores de los gasoductos de transporte Modificado
  27. Artículo 27 Nodos de la red de transporte Modificado
  28. Artículo 28 Estación de compresión Modificado
  29. Artículo 29 Estaciones de regulación y/o medida Modificado
  30. Artículo 30 Centros de mantenimiento Modificado
  31. Artículo 31 Modalidades constructivas de las instalaciones de transporte Modificado
  32. Artículo 32 Valor de inversión de una instalación de nueva planta o de construcción posterior calculado según valores unitarios de referencia Modificado
  33. Artículo 33 Valor de inversión de una transformación y/o ampliación de una instalación calculado según valores unitarios de referencia Modificado
  34. Artículo 34 Valores unitarios de referencia de inversión y coeficientes correctores para el periodo regulatorio 2027-2032 Modificado
  35. Artículo 35 Retribución anual por operación y mantenimiento por aplicación de valores unitarios de referencia Modificado
  36. Artículo 36 Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para la actividad de transporte en el periodo regulatorio 2027-2032 Modificado
  37. Artículo 37 Instalaciones de una planta de gas natural licuado Modificado
  38. Artículo 38 Modalidades constructivas de las instalaciones de una planta de gas natural licuado Modificado
  39. Artículo 39 Valor de inversión de una nueva planta o de instalaciones de construcción posterior calculado según valores unitarios de referencia Modificado
  40. Artículo 40 Valor de inversión de una transformación y/o ampliación de una instalación calculado según valores unitarios de referencia Modificado
  41. Artículo 41 Valores unitarios de referencia de inversión para el periodo regulatorio 2027-2032 de las instalaciones estandarizadas Modificado
  42. Artículo 42 Retribución anual por operación y mantenimiento por aplicación de valores unitarios de referencia Modificado
  43. Artículo 43 Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para la actividad de regasificación en el periodo regulatorio 2027-2032 Modificado
  44. Artículo 44 Auditorías de los costes de operación y mantenimiento no incluidos en los valores unitarios de referencia Modificado
  45. Artículo 45 Auditoría de inversiones Modificado
  46. Artículo 46 Informe de revisión independiente, o auditoría, sobre el valor de la inversión a emitir por el auditor Modificado
  47. Anexo UNICO E. Resumen del procedimiento de adjudicación del encargo. Se deberá dar información resumida sobre el procedimiento de adjudicación del encargo: forma de contratación, las fechas de inicio y fin de los trabajos, honorarios, los recursos empleados, la habilitación profesional del auditor firmante Modificado
  48. Artículo 47 Revisión y valoración de la información suministrada Modificado
  49. Artículo 48 Habilitación de modificación del alcance de la auditoría Modificado
  50. Artículo 49 Confidencialidad de la información Modificado
  51. Artículo 50 Prudencia financiera requerida a los titulares de activos de transporte de gas natural y plantas de gas natural licuado Modificado
  52. Artículo 51 Planes de Inversión y de cierre de instalaciones Modificado
  53. Artículo 52 Instalaciones singulares por sus características técnicas especiales Modificado
  54. Artículo 53 Inclusión provisional de nuevas instalaciones en el régimen retributivo Modificado
  55. Artículo 54 Inclusión definitiva de nuevas instalaciones en el régimen retributivo Modificado
  56. Artículo 55 Tratamiento retributivo de la transmisión de titularidad de instalaciones Modificado
  57. Artículo 56 Tratamiento retributivo de instalaciones con cierre Modificado
  58. Artículo 57 Obligaciones de reporte de información regulatoria de costes y su subsanación Modificado
  59. Artículo 58 Devengo de la retribución reconocida Modificado
  60. Artículo 59 Requerimientos de información adicional Modificado
  61. Artículo 60 Inspecciones Modificado
  62. Disposición adicional primera Unidades de aplicación Modificado
  63. Disposición adicional segunda Información para el cálculo de la retribución Modificado
  64. Disposición adicional tercera Valor de los parámetros contenidos en la circular Modificado
  65. Disposición adicional cuarta Tecnología de futuras instalaciones Modificado
  66. Disposición adicional quinta Evaluación del modelo retributivo Modificado
  67. Disposición adicional sexta Aplicación del incremento en la intensidad del incentivo para procurar la prudencia financiera Modificado
  68. Disposición adicional séptima Resolución aplicable al ajuste retributivo por productos y servicios conexos en el periodo 2027-2032 Modificado
  69. Disposición transitoria primera Instalaciones con autorización administrativa previa obtenida con anterioridad al 1 de enero de 2021 cuya puesta en servicio es posterior a dicha fecha Modificado
  70. Disposición transitoria segunda Costes de explotación activados en el periodo 2021-2026 Modificado
  71. Disposición derogatoria única Derogación normativa Modificado
  72. Disposición final única Entrada en vigor Modificado
  73. Anexo I Modificado
  74. Anexo II Modificado
  75. Anexo UNICO A Modificado
  76. Anexo UNICO B Modificado
  77. Anexo C Modificado
  78. Anexo D Modificado
  79. Anexo UNICO E Modificado
  80. Anexo UNICO F Modificado
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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